Publicar la lista de vecinos morosos: ¿derecho de la junta o vulneración al honor?

¿Es legal publicar la lista de morosos en áreas comunes del edificio? Descubre el sustento legal y buenas prácticas en administración de edificios

administradora llamando para cobrar  a los morosos
administradora llamando para cobrar  a los morosos

El tema de los vecinos morosos es uno de los más delicados en la vida de un edificio multifamiliar. La falta de pago de las cuotas de mantenimiento afecta directamente la administración de edificios: genera déficit económico, limita reparaciones, retrasa mantenimientos de bombas de agua o pozos a tierra y causa tensiones entre residentes.

Ante este problema, muchas juntas de propietarios recurren a publicar la lista de deudores en áreas comunes. Pero, ¿es esto legal? ¿hasta qué punto esta práctica respeta el derecho al honor de los copropietarios?

El problema de la morosidad en edificios multifamiliares

Las cuotas de mantenimiento sostienen los servicios comunes: limpieza, seguridad, energía eléctrica, ascensores, bombas de agua, pozos a tierra, entre otros.

Cuando existe un vecino moroso, la carga económica se distribuye injustamente sobre los demás propietarios. Esto genera conflictos, reclamos en asambleas y desgaste en la junta directiva.

Sin embargo, las medidas de presión deben enmarcarse dentro de lo que la ley permite.

El derecho al honor frente a la publicación de listas de morosos

El Tribunal Constitucional del Perú, en la sentencia EXP. N.º 05903-2014-PA/TC, analizó un caso emblemático: un residente presentó demanda de amparo porque la junta había colocado en la zona de ascensores un cartel con su nombre y la deuda acumulada.

El Tribunal reconoció dos principios en tensión:

  • El derecho de la junta y de la comunidad a exigir el pago oportuno de las cuotas de mantenimiento.

  • El derecho al honor y buena reputación del vecino moroso (artículo 2 inciso 7 de la Constitución).

Finalmente, el TC resolvió que la publicación en área común no resultaba, en este caso, una vulneración al honor, ya que la deuda era real, significativa y no existía un propósito de escarnio. Sin embargo, advirtió que deben explorarse otros mecanismos menos invasivos y más respetuosos de la dignidad de las personas.

Lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal

La Ley N.º 27157 – Ley de Propiedad Horizontal establece que todos los propietarios están obligados a pagar puntualmente sus cuotas de mantenimiento.

La junta de propietarios, como máximo órgano de decisión, puede aprobar medidas para la cobranza. Sin embargo, la ley no autoriza expresamente la publicación de listas de morosos en espacios visibles a terceros.

Por ello, el administrador y la junta deben actuar con prudencia, usando los mecanismos legales de cobranza antes que la exposición pública.

Buenas prácticas en la administración de edificios

  1. Transparencia en las cuentas
    Presentar informes financieros periódicos en asamblea o por medios digitales privados.

  2. Notificación personalizada
    Enviar cartas notariales o comunicaciones internas dirigidas solo al propietario moroso, sin exponerlo ante terceros.

  3. Entrega de estados de cuenta
    Entregar en sobres cerrados las deudas acumuladas a cada propietario, evitando la exhibición pública.

  4. Uso del reglamento interno
    Incluir un protocolo de cobranza en el reglamento interno aprobado por la junta de propietarios.

  5. Acción legal en casos extremos
    Cuando la deuda se vuelve insostenible, la vía judicial (proceso de obligación de dar suma de dinero) es el camino legal más seguro.

¿Se puede publicar una lista de morosos?

Sí, pero bajo condiciones:

  • Que la información sea veraz y actualizada.

  • Que la deuda sea líquida, exigible y no esté en litigio.

  • Que no se emplee un lenguaje ofensivo ni elementos que degraden la imagen del deudor.

  • Que el aviso se circunscriba a áreas internas de uso exclusivo de propietarios, evitando la exposición ante terceros ajenos al condominio.

El Tribunal Constitucional incluso recomendó alternativas: entrega privada de información o comunicación en reuniones periódicas.

Consecuencias de un mal manejo del tema

  • Posibles demandas de amparo por vulneración al derecho al honor.

  • Mayor conflictividad vecinal.

  • Desconfianza en la gestión de la administración.

  • Riesgo de nulidad de acuerdos de junta si se perciben abusivos.

Por eso, es clave que el administrador actúe con equilibrio: garantizar el cumplimiento de las obligaciones, pero sin vulnerar derechos fundamentales.

Conclusión

La publicación de listas de morosos en edificios multifamiliares es un tema sensible que debe manejarse con conocimiento legal y prudencia administrativa. La junta de propietarios y la administración tienen la obligación de velar por el cumplimiento de las cuotas de mantenimiento, pero también el deber de proteger la dignidad y el honor de todos los residentes.

Una buena gestión implica transparencia, comunicación clara y respeto a la ley.

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